EL MERCADO DE TRABAJO


EL MERCADO DE TRABAJO

En España la mayoría de la población trabaja por cuenta ajena, es decir, ofrece su trabajo a otros a cambio de un salario. En concreto, el trabajo por cuenta ajena en el sector privado es la fórmula más habitual de integración en el mercado de trabajo.

 El trabajo por cuenta ajena en el sector privado es el que tiene una oferta laboral más amplia y variada.La responsabilidad del trabajador puede limitarse más al ámbito de su trabajo y su jornada laboral, sobre todo en comparación con el trabajo por cuenta propia. Los salarios y condiciones laborales con frecuencia no son buenos. La precarización de este mercado ha avanzado en los últimos años. El trabajo por cuenta ajena en el sector privado se rige por el Derecho Laboral, cuya principal norma es el Estatuto de los trabajadores. Su elemento central es el contrato de trabajo, que es el acuerdo entre un empresario y un trabajador por el que este se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución, que es el salario.

Cuatro son las modalidades básicas de contrato de trabajo:

- Indefinido: es el que no fija una duración determinada al contrato. Un caso especial dentro de los contratos indefinidos son los fijos-discontinuos, que se establecen para realizar trabajos periódicos de naturaleza discontinua, pero que no se repiten en ciertas fechas. De esa forma, los trabajadores saben más o menos la temporada que van a trabajar y las empresas los llaman cuando lo necesitan. Muchos de estos contratos se relacionan con los sectores turístico y agrícola.

Temporal: es el que se establece por un tiempo determinado. La ley limita los supuestos en los que se puede realizar este tipo de contratos, aunque son supuestos muy amplios (contratos por obras y servicios, contratos eventuales por circunstancias de la producción, contratos de interinidad, contratos establecidos como medidas de incentivación del empleo entre determinados colectivos, o para impulsar la investigación o determinados tipos de empleo...).

Para la formación y el aprendizaje: es un contrato dirigido a mejorar la cualificación profesional de los jóvenes mediante la alternancia entre la actividad laboral retribuida en una empresa y la actividad formativa impartida en el marco de la Formación Profesional reglada o de la Formación Profesional para el Empleo. El trabajador tiene que tener una cualificación inferior a la que le sería necesaria para ocupar el mismo puesto mediante contrato en prácticas.

En prácticas: es un contrato dirigido a dar al trabajador la práctica profesional adecuada al nivel de estudios que ha cursado: trabajadores con títulos de Técnico, de Técnico Superior, títulos universitarios y otros títulos equivalentes, así como con certificados de profesionalidad adecuados al puesto de trabajo.

Las categorías anteriores pueden combinarse con distintas modalidades de contrato, que pueden establecerse en virtud de distintos criterios. El más importante es la duración de la jornada laboral. De esa forma tendríamos: Contratos a jornada completa y contratos a tiempo parcial.

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