EL MERCADO DE TRABAJO
EL MERCADO DE TRABAJO
En España la mayoría de la
población trabaja por cuenta ajena, es decir,
ofrece su trabajo a otros a cambio de un salario.
En concreto, el trabajo por cuenta ajena en el sector
privado es la fórmula más habitual de integración en el mercado de trabajo.
El trabajo por cuenta ajena en el sector
privado es el que tiene una oferta laboral más amplia y variada.La
responsabilidad del trabajador puede limitarse más al ámbito de su trabajo y su
jornada laboral, sobre todo en comparación con el trabajo por cuenta propia.
Los salarios y condiciones laborales con frecuencia no son buenos. La
precarización de este mercado ha avanzado en los últimos años. El trabajo por
cuenta ajena en el sector privado se rige por el Derecho Laboral, cuya principal
norma es el Estatuto de los trabajadores. Su elemento central es el contrato de
trabajo, que es el acuerdo entre un empresario y un trabajador por el que este
se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su
dirección a cambio de una retribución, que es el salario.
Cuatro son las modalidades básicas
de contrato de trabajo:
- Indefinido: es el
que no fija una duración determinada al contrato. Un caso especial dentro de
los contratos indefinidos son los fijos-discontinuos,
que se establecen para realizar trabajos periódicos de naturaleza discontinua,
pero que no se repiten en ciertas fechas. De esa forma, los trabajadores saben más o menos la temporada que van
a trabajar y las empresas los llaman cuando lo necesitan. Muchos de estos
contratos se relacionan con los sectores turístico y agrícola.
- Temporal: es el
que se establece por un tiempo determinado. La ley limita los supuestos en los
que se puede realizar este tipo de contratos, aunque son supuestos muy amplios
(contratos por obras y servicios, contratos eventuales por circunstancias de la
producción, contratos de interinidad, contratos establecidos como medidas de
incentivación del empleo entre determinados colectivos, o para impulsar la
investigación o determinados tipos de empleo...).
- Para la formación y el
aprendizaje: es un contrato dirigido a mejorar la cualificación
profesional de los jóvenes mediante la alternancia entre la actividad laboral
retribuida en una empresa y la actividad formativa impartida en el marco de la
Formación Profesional reglada o de la Formación Profesional para el Empleo. El
trabajador tiene que tener una cualificación inferior a la que le sería
necesaria para ocupar el mismo puesto mediante contrato en prácticas.
- En prácticas: es
un contrato dirigido a dar al trabajador la práctica profesional adecuada al
nivel de estudios que ha cursado: trabajadores con títulos de Técnico, de
Técnico Superior, títulos universitarios y otros títulos equivalentes, así como
con certificados de profesionalidad adecuados al puesto de trabajo.
Las categorías anteriores pueden combinarse con distintas
modalidades de contrato, que pueden establecerse en virtud de distintos
criterios. El más importante es la duración de
la jornada laboral. De esa forma tendríamos: Contratos a jornada completa y contratos a tiempo parcial.
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